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El proceso de compra de una casa en España.

Cuando hablamos de comprar una casa en España, seas o no residente, hay ciertos pasos que hay que dar. La elección del inmueble, la revisión de la documentación de la propiedad, la reserva o contrato de arras, la firama en notaría y el pago de impuestos, son pasos que hay que dar, y para ello debes estar asesorado.

PASO 1: BUSCAR LA CASA.

Dentro de las prioridades que tengamos para encontrar nuestra casa ideal, es importante antes de tomar ninguna decisión, comparar con otras como puede ser la zona y su ubicación, la antigüedad y sus características.

Una vez seleccionado un listado de propiedades para visitar, es de gran importancia examinar con determinación los aspectos más importantes de la vivienda, que pueden ser el estado de la fachada, techos, paredes del interior de la vivienda etc. Recomendamos hacer una segunda visita a las viviendas que más le hayan gustado, y una vez haya elegido revisar todas las comodidades y estructura. Nuestro equipo de Rosetta Estates, le acompañará en todo momento, para asegurarse de las condiciones óptimas de la vivienda.

PASO 2: REALIZAR LA RESERVA DE LA PROPIEDAD.

La inmobiliaria o el propietario, realizará un documento de reserva de la propiedad por un cierto importe (dependiendo este del importe de la venta del inmueble). Con este documento, la vivienda se retira del mercado y el comprador tiene entonces la posibilidad de acceder a toda la documentación de la vivienda para revisar y asegurarse la legalidad de la misma.

PASO 3: REVISAR LA DOCUMENTACIÓN Y SITUACIÓN LEGAL DE LA PROPIEDAD.

  • Nota simple. La nota simple es un documento expedido por el registro de la propiedad que resume quien es la persona propietaria, si existen cargas o gravámenes asociados y las limitaciones de uso que pueda tener la vivienda. La nota simple puede solicitarla cualquier persona en el Registro de la Propiedad.
  • Certificación de dominio y cargas. A diferencia de la nota simple la certificación de dominio y cargas es un documento expedido directamente por el registrador de la Propiedad con su firma, este documento garantizará la seguridad jurídica del inmueble. En la certificación se incluye las cargas y gravámenes que operen sobre la finca vigente en el momento de solicitarla, como pueden ser embargos, hipotecas o demandas pendientes.
  • Copia escritura. La copia de la Escritura permitirá saber los datos personales del vendedor de la vivienda, los datos de la finca que se vende, sí es urbana o rustica, referencia catastral etc.
  • Recibo IBI. Es importante solicitar al vendedor el último recibo de IBI de la propiedad, con este recibo se puede saber la referencia catastral de la vivienda y conocer si existe algún impago de recibos anteriores.
  • Comunidad al corriente. Antes de la firma de la vivienda en Notaria en el caso que exista una comunidad de propietarios es recomendable pedir un certificado al administrador para comprobar que está al corriente de pagos. En el caso de haber algo pendiente tendría el vendedor que pagarlo antes de la firma en Notaria.
  • Certificado energético. El certificado energético es imprescindible para vender una vivienda. Este certificado informa sobre el consumo energético y sobre las emisiones de CO2 de la vivienda. Es obligatorio desde 2013 y es el vendedor quien debe solicitarlo a un técnico certificador. Tiene una validez de 10 años.

PASO 4: ESCRITURA PÚBLICA.

  • Qué es y para qué sirve

Es el último trámite necesario para formalizar la compraventa de la vivienda. Es una escritura firmada ante Notario. El Notario tiene la obligación de leer y explicar el documento entero y todas sus cláusulas.

  • Que obtiene el comprador en ese momento.

El comprador una vez firmada la Escritura Pública ante el Notario y entregado el resto de dinero del precio de venta, adquiere la propiedad de la vivienda.

PASO 5: LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS.

Tanto el comprador como vendedor tendrán 30 días hábiles para pagar los impuestos que les corresponden. Puedes acceder a la explicación y desglose de estos impuestos en nuestro post (aquí ponemos enlace a post de impuestos)

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